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RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL (Daños a Terceros)

Es un contrato mediante el cual la aseguradora previo pago de prima, se compromete a indemnizar al Asegurado, o en su nombre, a quien corresponda, con sujeción a los límites y condiciones establecidas en el mismo, aquellas sumas por las cuales el Asegurado pueda ser declarado legalmente obligado a pagar a terceros en razón de las consecuencias directas de cualquier accidente originado durante la vigencia del seguro, causado por  la imprudencia o negligencia del Asegurado o de cualquier persona a su servicio o de cualquier persona por la cual sea civilmente responsable, que resulte en:

  1. Lesiones Corporales: A los efectos de este Seguro, el término «lesiones corporales» comprende: Heridas, desmembramiento, pérdida física del uso de órganos o miembros, fracturas, enfermedades, incluyendo atención médica y/o pérdida de servicios y/o muerte a consecuencia directa de las mismas.
  2. Daños a Propiedades: A los efectos de este Seguro, el término “daños a propiedades» comprende: Daños a, o destrucción de bienes muebles o inmuebles, incluyendo la pérdida de uso de los mismos.